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*  Así lo planteó el juez 24 Familiar de Proceso Escrito, Alejandro Fernández Hernández, quien recordó que ese documento debe ser otorgado ante la fe de un notario público, el cual debe corroborar que el testador cuenta con las cualidades físicas y mentales para formularlo

Lino Calderón  

Para evitar la nulidad de un testamento, quien lo suscribe debe cuidar las formalidades que la legislación civil estipula, como ser otorgado ante la fe de notario público, y que éste corrobore que cuenta con capacidades físicas y mentales plenas para formularlo, además de que no haya coacción ni interferencias de terceros, destacó el juez 24 Familiar de Proceso Escrito, Alejandro Fernández Hernández, del Poder Judicial de la Ciudad de México, cuyo presidente es el magistrado Rafael Guerra Álvarez.
El impartidor de justicia recordó que cualquier persona con interés jurídico en el caso puede interponer un juicio de nulidad de testamento ante el juez familiar del órgano judicial capitalino, en aquellos casos en los que considere que el testador no estaba en plenas capacidades para plasmar su voluntad, para lo cual deberá aportar las pruebas necesarias.
Puntualizó que el testamento es el documento jurídico en el que toda persona, a partir de los 16 años, puede plasmar su derecho a disponer lo que suceda con los bienes que posee.
Precisó que aquellos que tengan derecho a heredar por sucesión legítima son los que pueden interponer los juicios de nulidad de testamento, también en aquellos casos en los que no se cumplieron las formalidades necesarias que debió observar el notario público ante el que acudió el testador.
Fernández Hernández explicó que en el juicio de nulidad de testamento se demanda al albacea de la sucesión designado, el cual se encargará de defender la validez del testamento, o en su caso al notario público, cuando lo que se aducen son vicios de formalidad que debió observar el fedatario público.
"Se debe hacer una narración sucinta de los hechos, se debe de expresar con claridad las razones o las causas por las que se sostiene que ese testamento es nulo; o sea, porque no se no se cumplió con una formalidad que debió observar el notario o porque hubo alguna interferencia, alguna coacción, algún fraude para obtener ese testamento", explicó.
Subrayó que quien interpone el juicio de nulidad de testamento debe aportar elementos contundentes de prueba, tales como el testimonio de testigos, periciales médicas, así como otras de carácter forense.
Será el juez tras todo un procedimiento, abundó, el que dicte la sentencia en la que habrá de valorar las pruebas de quien sostenga que el testamento es nulo frente a las pruebas de quien defienda la legalidad del mismo, y concluir si es procedente o improcedente la acción de nulidad.
Explicó que las personas interesadas en interponer un juicio de esta naturaleza tienen 10 años para ello, pues tras ese plazo dicha acción prescribe; asimismo, recordó que el Estado, a través de la norma en la materia, establece las formalidades jurídicas que el testador debe seguir a fin de que su voluntad plasmada en el testamento pueda ser cumplida.

Cuidar formalidades jurídicas en el testamento, para evitar nulidad:PJCDMX

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*  Así lo planteó el juez 24 Familiar de Proceso Escrito, Alejandro Fernández Hernández, quien recordó que ese documento debe ser otorgado ante la fe de un notario público, el cual debe corroborar que el testador cuenta con las cualidades físicas y mentales para formularlo

Lino Calderón  

Para evitar la nulidad de un testamento, quien lo suscribe debe cuidar las formalidades que la legislación civil estipula, como ser otorgado ante la fe de notario público, y que éste corrobore que cuenta con capacidades físicas y mentales plenas para formularlo, además de que no haya coacción ni interferencias de terceros, destacó el juez 24 Familiar de Proceso Escrito, Alejandro Fernández Hernández, del Poder Judicial de la Ciudad de México, cuyo presidente es el magistrado Rafael Guerra Álvarez.
El impartidor de justicia recordó que cualquier persona con interés jurídico en el caso puede interponer un juicio de nulidad de testamento ante el juez familiar del órgano judicial capitalino, en aquellos casos en los que considere que el testador no estaba en plenas capacidades para plasmar su voluntad, para lo cual deberá aportar las pruebas necesarias.
Puntualizó que el testamento es el documento jurídico en el que toda persona, a partir de los 16 años, puede plasmar su derecho a disponer lo que suceda con los bienes que posee.
Precisó que aquellos que tengan derecho a heredar por sucesión legítima son los que pueden interponer los juicios de nulidad de testamento, también en aquellos casos en los que no se cumplieron las formalidades necesarias que debió observar el notario público ante el que acudió el testador.
Fernández Hernández explicó que en el juicio de nulidad de testamento se demanda al albacea de la sucesión designado, el cual se encargará de defender la validez del testamento, o en su caso al notario público, cuando lo que se aducen son vicios de formalidad que debió observar el fedatario público.
"Se debe hacer una narración sucinta de los hechos, se debe de expresar con claridad las razones o las causas por las que se sostiene que ese testamento es nulo; o sea, porque no se no se cumplió con una formalidad que debió observar el notario o porque hubo alguna interferencia, alguna coacción, algún fraude para obtener ese testamento", explicó.
Subrayó que quien interpone el juicio de nulidad de testamento debe aportar elementos contundentes de prueba, tales como el testimonio de testigos, periciales médicas, así como otras de carácter forense.
Será el juez tras todo un procedimiento, abundó, el que dicte la sentencia en la que habrá de valorar las pruebas de quien sostenga que el testamento es nulo frente a las pruebas de quien defienda la legalidad del mismo, y concluir si es procedente o improcedente la acción de nulidad.
Explicó que las personas interesadas en interponer un juicio de esta naturaleza tienen 10 años para ello, pues tras ese plazo dicha acción prescribe; asimismo, recordó que el Estado, a través de la norma en la materia, establece las formalidades jurídicas que el testador debe seguir a fin de que su voluntad plasmada en el testamento pueda ser cumplida.

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