DENUNCIAN CONTRA EXALCALDE DE CHICONCUAC
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on miércoles, febrero 27, 2013
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*La
Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México hace recomendación
*Elemento
policíaco solapado ante acoso sexual
POR: José
Luis Garay
Cómplices
autoridades municipales de Chiconcuac, encabezadas por anterior alcalde, Efrén
González Delgado, al encubrir fechorías de los elementos de Seguridad Pública y
a su Director, al ejercerse hostigamiento sexual, laboral, la violencia y la
discriminación, frente a la violación de los derechos de la mujer, motivó una Recomendación
de la comisión de los Derechos Humanos del Estado de México.
En este
caso, se dirigió contra Efrén González –se remarcó- y su director, quienes
solaparon de manera directa, las propuestas obscenas, amenazas y exhibición de
genitales que hizo el uniformado a la mujer policía, lo cual contribuyeron los
actos contrarios a los preceptos nacionales e internacionales que establece la
necesidad de brindar a la mujer, una vida libre de violencia así como respeto a
su dignidad y sus derechos.
De este acontecimiento,
la agraviada tomó fotografías con su teléfono celular en donde evidencia que su
compañero de trabajo, el policía Amado Jesús Valencia Ramos, se muestra sentado
en una silla con los pantalones a mitad de las piernas. Esas imágenes las presentó
a sus superiores y a la CODHEM, como prueba de la violación a sus Derechos
Humanos. Los hechos no fueron investigados ni sancionados por la Contraloría
del municipio en su momento, lo cual contribuyó la violación a los derechos de
la mujer a una vida libre de violencia.
A su vez,
el policía argumentó que solamente fue una broma y que los pantalones se los
había bajado para “refrescarse” ante el calor, pero la afectada afirmó que
aparejado a esta conducta, el oficial le hizo propuestas indecentes con lenguaje
obsceno y luego de la denuncia que hizo, la oficial fue amenazada e incluso la
amedrentó con su arma de cargo.
El
agravio contra la mujer policía sucedió el cinco de mayo de 2012, cuando Amado
Jesús Valencia Ramos y dos elementos más de la Policía de Chiconcuac arribaron
al nuevo edificio del Palacio Municipal, al área donde se encontraba su
compañera y solicitaron permiso para entrar al baño. Al salir, Valencia Ramos
se acercó a la oficial y le insinúo sostener relaciones sexuales, a lo cual la
uniformada se negó y pidió no ser molestada.
Entonces,
el oficial se bajó los pantalones y se sentó en una silla comenzando a tocar
sus órganos y continuando con las insinuaciones. Ella dijo que le iba a tomar
fotos para denunciarlo, lo cual el agresor aseguró que no le preocupaba. En el
lugar se encontraban otros dos compañeros, quienes se percataron de lo ocurrido
y no hicieron nada por evitar estas vejaciones ni dieron parte a sus
superiores.
Derivado
a lo anterior, la uniformada recurrió al jefe de turno para dar parte de lo
ocurrido, y derivó en la suspensión de seis días sin sueldo al autor de estas
conductas, determinadas por el director de la corporación; sin embargo, la
comisión de Derechos Humanos de la entidad, consideró que ante los agravios, la
Contraloría del municipio debería haber iniciado un procedimiento
administrativo disciplinario, lo cual no hizo y estableció que el castigo
impuesto por el director de la Policía la oficial, era suficiente.
La
defensoría de Habitantes en su Recomendación 18/2012, determinó que la actitud
del uniformado, violentó los Derechos Humanos y la dignidad de las víctimas, ya
que transgredió los principios establecidos en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, así como las leyes que protegen a la mujer de la violencia y
la discriminación.
Asimismo,
los policías Rubén Rosales Farías y Jorge Vidal García, quienes se encontraban
presentes en el lugar cuando ocurrieron los hechos, también vulneraron los
derechos de la oficial al no intervenir para protegerla, ayudarla o dar parte a
sus superiores de los actos lascivos que realizó su compañero tal como lo avala
la Ley de Seguridad del estado de México, donde se establece como deber,
prestar auxilio a las personas amenazadas por algún delito, así como brindarles
protección en sus bienes y derechos, e informar al superior jerárquico de
manera inmediata las omisiones, actos indebidos o constitutivos de delito, de
sus subordinados o iguales.
El 10 de
mayo de 2012, la oficial solicitó la intervención de la Contraloría municipal,
pero no se inició ninguna investigación, argumentando que ya se había dado una
sanción al agresor, con una suspensión sin goce de sueldo, criterio del que la
CODHEM difirió en su Recomendación y que constituye una violación a los
Derechos Humanos, ya que por las investigaciones realizadas con relación a la
queja CODHEM/EM/692/2012, se encontraron suficientes elementos para determinar
claramente que los tres servidores públicos (policías) incurrieron en
responsabilidades administrativas. Por ello, la Contraloría de Chiconcuac debió
haber intervenido, ya que el oficial además de vulnerar la dignidad de su
compañera, incurrió en conductas sancionadas por la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos, por lo que deberá tomar en cuenta la Recomendación del
Ombudsman e iniciar un proceso contra los elementos de la corporación.
De igual
manera, la Defensoría de Habitantes recomendó al presidente Municipal de
Chiconcuac se impartan cursos de capacitación y actualización en materia d e
principios y normas de protección de derechos de la mujer a una vida libre de
violencia, perspectiva de género, y no discriminación, dirigidos al personal
adscrito a la Dirección de Seguridad Pública Municipal, a fin de evitar que la
repetición de hechos como lo que motivaron el presente documento.
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