RESPETO A LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ MIGRANTE
La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) reconoce la importancia de las reformas al Artículo 112 de la Ley de Migración, cuyo ánimo es evitar la permanencia, en condiciones de detención, de las personas menores de edad no acompañadas en las estaciones migratorias, así como garantizar la integridad de niñas, niños y adolescentes, aun cuando su permanencia en la estación migratoria sea inevitable.
Así, se establece que todos los Organismos Públicos de Derechos Humanos del país están obligados a ser informados y dar seguimiento a la situación que guardan los derechos humanos de niños, niñas o adolescentes migrantes no acompañados que, por alguna razón, deban permanecer en una estación migratoria antes de ser trasladados a las instalaciones de los Sistemas Estatales DIF en lo que se resuelve su procedimiento migratorio.
Asimismo, la reforma pretende que en las decisiones sobre la situación migratoria de esta población se atienda en todo momento su condición de vulnerabilidad, las causas que motivaron su migración y al Interés Superior de la Niñez.
En este punto es importante destacar que en 2011 el Comité de Protección de los Derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus Familiares instó al Estado mexicano a considerar la detención de niños y niñas como un último recurso y que ésta sea por el menor tiempo posible.
La CDHDF celebra el trabajo legislativo que reconoce la importancia de las autoridades locales y los Organismos Públicos de Derechos Humanos de todo el país para intervenir y atender las diversas aristas y retos que presenta el fenómeno migratorio en nuestro país.

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