Familia
Pasta de Conchos / Cereal / Pastoral Laboral

El pasado 2 de octubre denunciamos que, el segundo
párrafo del articulo 343-A de la propuesta de Reforma a la Ley Federal del
Trabajo que prohibe la minería en los pozos de carbón no llegó a la Cámara de
Diputados, desapareció de camino a la Cámara de Senadores; lo cual quedó
asentado en una "Fe de Erratas" que se envió desde la oficina del diputado
Carlos H. Aceves y del Olmo Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión
Social de la Cámara de Diputados, el 28 de septiembre, al diputado Jesús Murillo
Karam Presidente de la Mesa Directiva de la misma Cámara.

El 25 de julio del 2012, fallecieron siete mineros
en un pocito de la Minera El Progreso, ubicado en el mineral La
Florida, municipio de Múzquiz, explotado por el ex alcalde priísta del municipio
de Progreso, Coahuila, Federico Quintanilla. Ninguno de los mineros fallecidos
estaba registrado en el IMSS y había una orden de restricción de acceso de la
autoridad laboral al tiro vertical. Lo que quiere decir que el patrón desacató
la orden y metió a los trabajadores de todos modos. Entre los fallecidos estaba
José Fidencio Sánchez Arellano, hijo de la señora Oralia Arellano. Es el segundo
hijo que pierde la señora Oralia en menos de dos años. Ramón, el mayor, falleció
en el pocito El Boker, el 30 de julio del 2010, luego de inundarse el pozo.
Llevamos casi cien mineros fallecidos posteriores a los sesenta y cinco de Pasta
de Conchos de 2006, la mayoría se siniestraron en estos tiros verticales que no
cumplen las condiciones de la norma oficial, ni respetan los derechos contenidos
en la Ley Federal del Trabajo.

Sostenemos como lo hicimos el 2 de octubre que
dicha omisión es profundamente grave y revela la falta de compromiso real de los
Diputados y Senadores con los mineros del carbón y sus familias, con los miles
de mineros que obligados a trabajar en los pozos se encuentran día a día con la
muerte; y en la región, nulas oportunidades laborales o posibilidad
de desarrollar actividades económicas distintas.
Si una mano interesada eliminó el párrafo referido
y, fue incapaz de argumentarlo de manera pública. Se exhibira. Sea como fuere,
exigimos a los Senadores y Senadoras de la República, incluir la prohíbición en
los pozos en la explotación minera, ya que esta es una forma de esclavizar a los
mineros del carbón. Es necesario y urgente que el 2° párrafo del
articulo 343 – A sea restituido e incluído en la
reforma de la Ley Federal del Trabajo en su totalidad, dados los alcances que
dicha reforma supone para la vida de los mineros del carbón y sus familias; así
como para las y los trabajadores mexicanos
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