La determinación de SCJN sobre tratados internacionales
marca un retroceso para los
derechos humanos en México
- La resolución abre el camino para una contrarreforma
en la materia.
Para la Comisión
de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) la determinación de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la contradicción de tesis 293/2011,
independientemente de la posición teórica que se adopte, marca un importante
retroceso en la consolidación de una sociedad democrática basada en el respeto
a los derechos de todas las personas.
Durante las últimas dos semanas, el Pleno de la SCJN tuvo en sus manos la
posibilidad de asegurar la eficacia de la Reforma Constitucional promulgada en
junio de 2011 y con ella, la plena vigencia de los derechos humanos en nuestro
país.
No obstante, la resolución alcanzada hoy por las y los Ministros que
integran al Máximo Tribunal de nuestro país no sólo desconoce las obligaciones
internacionales que vinculan a México en materia de derechos humanos, sino
también coarta y desvirtúa la esencia misma de la Reforma Constitucional al
preferir la protección de las normas en virtud de su jerarquía, pasando por
encima del aseguramiento y salvaguardia de los derechos de las personas.
Con dicha resolución, la SCJN abre el camino para el desarrollo de una
contrarreforma por vía judicial que privilegia limitaciones y restricciones a
derechos sustentadas en perspectivas formalistas por encima de visiones constitucionales
más avanzadas en donde las normas internacionales que protegen derechos humanos
se elevan a rango constitucional, y en donde las reglas que brindan la mayor
protección a las personas prevalecen, sin importar si se encuentren o no en el
texto de la Constitución.
Aún cuando la CDHDF se muestra respetuosa de las determinaciones alcanzadas
por la SCJN, y reconoce el impulso que ha dado en otras ocasiones al debate
relacionado con los derechos humanos, también lamenta que el día de hoy se haya
limitado el efecto útil de la Reforma en cuestión y se haya preferido la
supremacía de visiones del derecho ajenas a las mejores tradiciones
constitucionales que se oponen a una transformación estructural del sistema
jurídico mexicano.
Sin duda, la existencia y consolidación de un Estado democrático hace
necesaria la comprensión e implementación de los más altos estándares en
materia de protección y garantía de los derechos humanos así como de teorías
constitucionales que consideren a la Constitución como un elemento al servicio y
protección de la democracia, y no como una herramienta al servicio del poder
que justifica la restricción de derechos en contravención de las obligaciones
internacionales que ha suscrito el Estado.
A juicio de esta institución, la transición hacia un Estado comprometido
con el respeto, protección y garantía de los derechos humanos requiere, a su
vez, de un Tribunal Constitucional sólido que se pronuncie a favor de los
derechos buscando ampliar su ámbito de protección, y no a favor de encontrar
mecanismos que los restrinjan
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