LA LIBRE MANIFESTACIÓN NO DEBE SER PRETEXTO PARA REALIZAR ACTOS VANDÁLICOS

Posted by . on lunes, diciembre 03, 2012 0

LA LIBRE MANIFESTACIÓN NO DEBE SER PRETEXTO PARA REALIZAR ACTOS VANDÁLICOS: CDHDF.
· Reitera su llamado al uso proporcional y legítimo de la fuerza por parte de las autoridades policiales.

· Complicaciones logísticas en PGJDF pues hay 92 personas detenidas más once menores de edad. Más sin embargo, no se han detectado violaciones al debido proceso.
· Se han recibido múltiples solicitudes de orientación de familiares y amigos.
En relación a los hechos de violencia sucedidos en la ciudad el día de ayer 1º de diciembre, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) expresa su preocupación y sostiene que el derecho a la libertad de manifestación y asociación es básico en toda sociedad democrática, más sin embargo, ello implica ejercerlo en un marco de derecho y en particular sin afectar derechos de terceros. El Derecho a la libre manifestación no debe ser pretexto, en ningún caso, para realizar actos vandálicos.
La CDHDF reitera su llamado al uso proporcional y legítimo de la fuerza por parte de las autoridades policiales. De acuerdo con la Ley sobre el Uso de la Fuerza de la ciudad y a los Principios de las Naciones Unidas sobre la materia, la proporcionalidad y razonabilidad del uso de la fuerza policial debe ser el eje rector en la actuación policial.
En estos términos la CDHDF considera relevante que la policía capitalina no tenga dentro de su instrumental de actuación el uso de balas de goma o de armas de fuego para el cuerpo de granaderos en las funciones de contención de manifestaciones.
La CDHDF, emitió a la autoridades capitalinas medidas precautorias solicitando en particular lo siguiente:
A la SSPDF:
Que el uso de la fuerza fuese razonable y proporcional a la situación de violencia que se enfrentaba.
Que en caso de efectuar detenciones por infracciones a la ley, pusiera a los detenidos a disposición de las autoridades competentes de manera inmediata.
Que en caso de que hubiese personas lesionadas coadyuvara para el efecto de que se brindarán por parte de las autoridades competentes la atención médica y servicios de primeros auxilios pertinentes.
A la PGJDF:
Que se cumplieran los derechos del debido proceso legal con particular énfasis en:
i. El derecho a una defensa adecuada y con ello a tener una representación jurídica letrada.
ii. El derecho a ofrecer pruebas y que se desahoguen en la propia etapa de averiguación previa.
iii. El derecho a no ser obligado a declarar en su contra.
iv. El derecho a que se le faciliten todos los datos que requiera para su defensa.
v. El derecho a que se le permita contacto con su abogado o representante legal, así como a llamar telefónicamente a sus familiares.
vi. El derecho a no ser víctima de incomunicación, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
vii. El derecho a la presunción de inocencia y por lo tanto a que las personas detenidas no sean exhibidas públicamente ante los medios de comunicación y a la opinión pública.
Asimismo se solicitaron a la PGJDF, las siguientes medidas:
a) En el caso de que alguna de las personas detenidas se encontrare lesionada, se gestione que personal médico examine y valore su estado de salud actual y si es necesario se les proporcione la atención médica y los medicamentos que requiera, y si necesita atención médica especializada, se gestione su traslado a la institución médica que este en condiciones de proporcionárselas.
b) Se proporcionen los alimentos que necesiten para satisfacer sus necesidades básicas.
c) Se informe de forma clara y sencilla a los familiares de cada uno de los detenidos, su estado de salud y además se les proporcione el registro de la o las averiguaciones previas en las que se encuentren relacionados, el estado que guardan y las diligencias que se han realizado y que se realizarán para investigar los hechos.
La CDHDF, desplegó equipos de trabajo tanto en los lugares de manifestación como en las instituciones donde fueron remitidas las personas detenidas, en particular la PGJDF. Hasta el momento se han recibido múltiples solicitudes de orientación de familiares y amigos a quienes se les ha brindado información sobre las etapas del proceso penal y los derechos de sus familiares.
Se ha coadyuvado con la PGJDF para asegurar el traslado de información sobre la situación jurídica de las personas detenidas a sus familiares que han permanecido a las afueras de la agencia central de investigación.
Hasta el momento se ha podido observar en la sede de la PGJDF complicaciones logísticas asociadas a que estamos hablando de 92 personas detenidas más once menores de edad. Más sin embargo, no se han detectado violaciones al debido proceso.
Se ha podido constatar que las personas detenidas han sido asistidas por abogados e incluso han podido ejercer su derecho a no declarar.
Por lo que toca a la persona que se encuentra internada en el Hospital General de la ciudad de México, la CDHDF efectuó la remisión correspondiente del caso a la CNDH por tratarse de actos de autoridad imputados a la Policía Federal.
Asimismo, la CDHDF canalizó y aseguró la atención de cinco personas más lesionadas las cuales fueron remitidas al Hospital de Xoco.
Por lo que toca a las once personas menores de edad, se verificó que la PGJDF las canalizara a su agencia especializada en adolescentes en conflicto con la ley, en donde ya han podido tener contacto con sus familiares y se les ha explicado su situación jurídica.

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