ANUNCIOS DE SERVICIOS SEXUALES DEBEN CONSIDERARSE TRATA DE PERSONAS

Posted by . on miércoles, abril 20, 2011 0


Los anuncios se suman a una industria cercana a los 32 millones de dólares al año

Tipificar como parte del delito de trata de personas los anuncios que promuevan servicios sexuales y que fomenten una industria de cerca de 32 mil millones de dólares anuales en el mundo, donde las principales víctimas son niñas y mujeres, es el objetivo de la iniciativa presentada por el diputado mexiquense Horacio Jiménez López.
El legislador local del Grupo Parlamentario de Convergencia estableció que, en el Estado de México ha resultado cotidiano observar en revistas, periódicos y medios electrónicos, la publicación de anuncios de servicios sexuales en los cuales sin el menor recato se exhiben fotografías de las oferentes quienes hacen del conocimiento publico tanto precios como horarios, números telefónicos, nacionalidad y hasta minoría de edad.
En tal sentido, subrayó la necesidad de llevar a cabo la adición de un tercer párrafo al artículo 268 Bis del Código Penal del Estado de México con la finalidad de incorporar como trata de personas toda acción que ofrezca la publicación o anuncio en cualquier medio de comunicación impreso o electrónico, que oferte el servicio sexual de una o más personas y que tenga por objeto su explotación.
La propuesta expone además que en América latina, ofertar servicios sexuales a través de medios impresos o electrónicos se ha colocado como la tercera fuente de ingresos lucrativos para la industria de trata de personas siendo 80 por ciento de las víctimas niñas y mujeres, mientras que la trata de niños oscila entre los 15 y el 20 por ciento.
El documento Contra la trata de niñas, niños y adolescentes, elaborado por UNICEF en 2009, establece que aún cuando no hay cifras exactas, se estima que 50 por ciento de las víctimas de este delito en todo el mundo son niñas, niños y adolescentes.
El documento identifica dos ámbitos en los que particularmente se concentra la trata de niñas y niños con fines de explotación sexual; el primero es su utilización en centros clandestinos y criminales que los ofrecen para el comercio sexual.
“Aunque es difícil determinarlo con precisión, las cifras mundiales del trabajo infantil de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estiman que 1.8 millones de niños son explotados en la industria del sexo comercial, y sufren violencia y abuso físico, sexual y psicológico extremos por parte de los tratantes, proxenetas y “clientes”, agrega el documento.
El segundo de estos ámbitos es el de los matrimonios forzados, los cuales se dan fundamentalmente por las siguientes causas: porque las niñas son consideradas una carga económica para las familias en situación de pobreza; por “arreglos” fundados en los usos y costumbres; por “arreglos” de migrantes que compran esposas a fin de regularizar su situación migratoria o bien esclavas sexuales.
El proyecto del congresista mexiquense identifica que las publicaciones tanto impresas como electrónicas que ofertan servicios sexuales se han escudado en la libertad de prensa y no pueden seguir siendo toleradas.
“La libertad de publicar escritos sobre cualquier materia jamás será lo mismo que publicar cualquier anuncio sin importar su contenido”, de igual forma subraya que es garantía constitucional la libertad de publicar, pero también es garantía constitucional la protección a la vida, a la moral y a la libertad sexual. Quienes hacen uso de los medios de comunicación para materializar las publicaciones de servicios sexuales deben ser responsables y sancionados conforme a la Ley.

Tagged as:
About the Author

Write admin description here..

Get Updates

Subscribe to our e-mail newsletter to receive updates.

Share This Post

Related posts

0 comentarios:

Entradas populares

Popular Posts

Blog Archive

© 2013 ANAHUAC-TEXCOCO. WP Theme-junkie converted by Bloggertheme9
back to top