PROTECCIÓN A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EDOMEX
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on martes, julio 24, 2012
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PROTECCIÓN A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Comisiones aprueban derogar delitos de injurias, difamación y calumnias
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Con ello, se establecen las bases jurídicas para que los conflictos generados se ventilen por los medios de justicia alternativa, lo cual, además contribuirá a la economía procesal y asistir a las personas en la solución pacífica de estos hechos.

Lo mismo, en el contexto de un proceso contencioso, presente escrito o discurso, con las salvedades de las responsabilidades que, de acuerdo a las disposiciones legales, puedan acreditarse; y que goce del fuero constitucional.
Los integrantes de dichos órganos parlamentarios aprobaron por unanimidad, con modificaciones hechas por los diputados Ricardo Moreno Bastida, Víctor Manuel Bautista López y Horacio Jiménez López, derogar los artículos 275 a 286 del Código Penal; así como la adición de un párrafo y las fracciones I, II y III al artículo 7.156, así como fracciones I, II, III y IV del artículo 7.157 del Código Civil, ambos del Estado de México.

Asimismo, ejecutar una acción o proferir una expresión que, por su naturaleza, ocasión o circunstancia pueda perjudicar la reputación del agraviado fuera de una contienda de obra o palabra y con ánimo de ofender, además de imputar a otra falsamente un delito, ya sea porque el hecho es falso o inocente la persona a quien se imputa.
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